En nuestro país, existen tres grupos de cajas de previsión social según quien las administra. Pero, ¿cuáles son sus diferencias? ¿Cómo se financian? ¿Qué sucede con el déficit? El Lic. Guedikian, en el marco de otro taller temático del CEESyT, resolvió todas estas inquietudes.
El día 24 de noviembre, en la sala de convenciones del Hotel Castelar, se desarrolló el segundo taller temático de noviembre organizado por el CEESYT y auspiciado por el PRO Córdoba. Esta vez, el expositor que es miembro de la mesa directiva del Centro fue el Lic. Eduardo Guedikian.
El tema desarrollado fue Cajas de Previsión Social Provinciales no transferidas a la Nación: Déficits recurrentes y su financiamiento.
Para introducir el tema, el Lic. Explicó que los sistemas de previsión social cubren a jubilaciones, pensiones por invalidez y pensiones por fallecimiento. Además, se mencionó que en nuestro país hay cuatro estructuras de previsiones sociales:
Actualmente, en Argentina, hay 13 cajas provinciales con regímenes previsionales propios que representan casi la cobertura de casi el 50% del total de empleados públicos (docentes, fuerzas, etc.) Estas provincias son: Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego
Guedikian realizó una breve retrospectiva de la historia de las cajas de previsión social, explicando que, al transferirse las cajas de las 13 provincias mencionadas anteriormente a la nación -luego de los acuerdos provinciales del ‘92 y ‘93-, se generó un incremento en el déficit del sistema previsional nacional (el doble de lo estimado).
Las provincias que siguieron con sus cajas debían adecuarse a las condiciones nacionales establecidas en el 1999, año en que se firmó el Compromiso en el que la Nación iba a financiar los déficits de los sistemas provinciales no transferidos. A su vez, las provincias debían armonizar en un plazo de 180 días sus sistemas, es decir, ajustar su sistema jubilatorio al esquema nacional, por ejemplo, armonizando las edades legales de retiro. En los años 2000, y como consecuencia de la crisis, las transferencias para financiar los déficits previsionales de las Cajas provinciales fueron efectuadas sin requisitos.
El Lic. Guedikian detalló el análisis de las diferencias entre los sistemas provinciales y el sistema nacional de jubilaciones: distintas tasas de aportes y contribuciones, diferente edad de retiro para acceder a la jubilación, diferente cantidad de años de aportes (en Córdoba son 30) y tasa de reemplazo. Sobre esta última, es necesario destacar que, en las cajas no transferidas, las tasas de reemplazo van desde el 70% al 82% del suelto que se toma como referencia.
¿Cómo calcula ANSES el monto de jubilación?
Otro tema importante y común de consulta, es cómo calcula ANSES el monto de la jubilación de un trabajador asalariado Nacional. El ente toma el promedio de las ultimas 120 remuneraciones mensuales (actualizadas por un coeficiente vinculado al salario promedio de la economía). Sobre esa remuneración se considera el 1.5% por cada año de aportes (con tope de 35 años). Al importe resultante se agrega una suma fija (PBU).
Resumiendo, se recordó que existen en Argentina tres tipos de cajas previsionales sociales: las cajas transferidas que son financiadas con impuestos nacionales; las no transferidas que acordaron armonizar con recursos propios + acuerdo; y las cajas no transferidas que no reciben recursos nacionales: Chubut, Neuquén y Tierra del Fuego.
Para cerrar, se profundizó sobre las cajas no transferidas que acordaron con nación: la Ley 27.260, Decreto N° 894/16 y Decreto N° 730/2018 garantizan la asistencia financiera a las provincias, pero teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
– Otorgar a todas las Provincias igualdad de trato en materia previsional
– Brindar la asistencia financiera para los ejercicios 2017 y siguientes
– Un proceso de simulación de los desequilibrios, que estaría asumiendo el Estado Nacional si el sistema previsional que se trate hubiese sido transferido el 31 de diciembre de 1999
– El proceso de simulación mencionado exige aplicar el procedimiento de determinación de derecho y monto de la prestación, según la normativa vigente aplicada en el Sistema Previsional Argentino, para los distintos regímenes provinciales.
– La auditoría por parte de la Administración Nacional De La Seguridad Social







